Direcciones de la Coordinación
Departamento de Programas Especiales
Objetivo
Administrar los recursos financieros de los presupuestos de la obra pública educativa asignado por el gobierno federal y organismos descentralizados, vigilando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
Autoridad
Corresponde al Jefe de Departamento la representación, el trámite y el despacho de los asuntos que son competencia del Departamento de Programas Especiales quién por razones de organización y servicios, podrá delegar facultades en los servidores públicos subalternos de las siguientes áreas:
- Área de Control Presupuestal.
- Área de Informes Presupuéstales y Financieros.
- Área de Resguardo de Documentación.
Sin perder por ello la posibilidad de su ejercicio directo salvo aquellas que por disposición legal no sean delegables.
Funciones
- Recepcionar y revisar la documentación enviada por el Comité Administrador del Programa Estatal de Construcción de Escuelas (CAPECE) que cumpla con los requisitos fiscales establecidos para su liquidación.
- Registrar y controlar las afectaciones presupuestales correspondiente al presupuesto de los programas Especiales y de las obras de la infraestructura educativa estatal.
- Determinar las economías obtenidas, una vez finiquitadas la obras autorizadas, y reportarlas ante la Dirección de Evaluación y Programación para su respectiva aplicación.
- Elaborar las órdenes de pago que afectan al presupuesto de los programas especiales y de la obra de infraestructura educativa del Estado.
- Elaborar mensualmente, las órdenes de pago que se envían a la Secretaria de Finanzas, para ser incluidas en la cuenta pública estatal correspondiente a los programas especiales y a la obra de infraestructura Educativa Estatal.
- Registrar y controlar los recursos financieros asignados a esta Secretaría, para el pago de construcción, rehabilitación y equipamiento de la infraestructura educativa estatal por el gobierno del estado y el gobierno estatal así como de los programas especiales (accesorios del Ramo33).
- Reportar mensualmente ante la Secretaría de Finanzas los productos financieros bancarios, para su conocimiento y posterior programación.
- Enviar oportunamente al Departamento de Contabilidad, las órdenes de pago anexando la documentación original comprobatoria y justificativa para su registro contable.
- Realizar las conciliaciones bancarias de las cuentas donde se controlan los recursos de los programas especiales y de las obras de infraestructura educativas del Estado.
- Programar la inversión bancaria de los recursos recepcionados, de acuerdo con los compromisos de pagos contraídos.
- Resguardar la documentación comprobatoria original justificativa del gasto público anexa a su póliza de cheque respectiva.