RSS   Jueves, 24 de Mayo de 2012

Becas en Escuelas Particulares Nivel Básico 2009 - 2010.

CONVOCATORIA

El registro en el sistema de becas será del 13 al 24 de julio de 2009, tomando como base la primera letra del apellido paterno, conforme a la siguiente distribución:

1a. LETRA APELLIDO PATERNO FECHAS PARA INSCRIPCIÓN EN LINEA FECHAS PARA ENTREGAR DOCUMENTOS
A, B, C, D, E, F 13, 14 y 15 de julio 13, 14 y 15 de julio
G, H, I, J, K, L 16, 17 y 18 de julio 16, 17 y 20 de julio
M, N, O, P, Q 19, 20 y 21 de julio 22, 23 y 24 de julio
R, S, T, U, V, W, X, Y, Z 22, 23 y 24 de julio 27, 28 y 29 de julio

 

Una vez que el solicitante haya realizado el llenado del formato de solicitud vía Internet, deberá de imprimir y entregar su comprobante de solicitud junto con la documentación requerida en la Dirección General de Becas, de acuerdo a las fechas señaladas en la calendarización antes mencionada, las cuales serán improrrogables. La documentación se entregará en el estricto orden que se señala en la presente convocatoria.
PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE SELECCIONADOS:
La publicación de la lista de becarios se dará a conocer a partir del 15 de octubre del presente año, a través de la página electrónica: www.setab.gob.mx y de las listas que se harán llegar a las instituciones educativas. Dicho plazo estará sujeto a modificación.

DISPOSICIONES GENERALES

  •  El otorgamiento y cancelación de la beca es competencia de la Secretaría de Educación, a través de la Dirección General de Becas, según lo señalan los artículos 9 fracción V y 13 de los Lineamientos para el Otorgamiento de Becas en Escuelas Particulares de Nivel Básico.
  •  El llenado de la solicitud no garantiza el otorgamiento de la beca.
  •  Las becas se otorgarán a los solicitantes que demuestren primeramente merecimiento académico además de necesidad económica.
  •  Se otorgará sólo una beca por familia
  •  No se tramitarán solicitudes de interesados que presenten información y documentación incompleta o apócrifa.
  •  No se aceptará solicitud de preinscripción como constancia de inscripción.
  •  La beca comprende la liberación del pago total ó parcial por concepto de inscripción, colegiatura y vacaciones y tiene vigencia sólo para el periodo escolar en el que se otorga
  •  El refrendo de la beca no es automático, por lo que deberá solicitarse en la página electrónica www.setab.gob.mx siempre y cuando el alumno mantenga un promedio mínimo de 8.5 en materias básicas (sin adeudo de asignaturas al término del ciclo escolar) y permanezca en la misma institución educativa para la cual se le otorgó el beneficio inicialmente.
  •  No se considera refrendo de beca de un nivel a otro, por lo tanto en dicho caso el trámite debe hacerse como solicitud nueva.
  •  Serán causas de cancelación del proceso de otorgamiento de beca: cuando el solicitante proporcione datos falsos o incompletos en la documentación e informes requeridos, el incumplimiento en la entrega de documentos en las fechas establecidas, que el alumno tenga hermanos becados, entre otras.
  •  La Secretaría de Educación a través de la Dirección General de Becas se reserva el derecho de realizar visitas domiciliarias a los solicitantes como parte del estudio socioeconómico, con el fin de autentificar los datos asentados en la solicitud

Profra. Rosa Beatriz Luque Greene
Secretaria

PARA MAYOR INFORMACIÓN ACERCA DEL LLENADO DEL FORMATO DE SOLICITUD, ASÍ COMO LA ENTREGA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS, VISITE LA PÁGINA ELECTRÓNICA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN: www.setab.gob.mx, COMUNÍQUESE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS AL TELÉFONO: 358-21-00 EXT. 2255, O DIRÍJASE AL DOMICILIO CALLE HÉROES DEL 47 S/N, COLONIA ÁGUILA, EN HORARIO DE 9:00 A 14:00 HORAS, DE LUNES A VIERNES.