RSS   Jueves, 24 de Mayo de 2012

BECAS EN ESCUELAS PARTICULARES DE NIVEL SUPERIOR Y POSGRADO CICLO ESCOLAR 2009-2010

CONVOCATORIA

El registro en el sistema de becas será del 17 al 24 de agosto de 2009, tomando como base la primera letra del apellido paterno, conforme a la siguiente distribución:

1a. LETRA APELLIDO PATERNO FECHAS PARA INSCRIPCIÓN EN LINEA FECHAS PARA ENTREGAR DOCUMENTOS
A, B, C, D, E, F 17 y 18 de agosto 24,25,26, y 27 de agosto
G, H, I, J, K, L 19 y 20 de agosto 24,25,26, y 27 de agosto
M, N, O, P, Q 21 y 22 de agosto 24,25,26, y 27 de agosto
R, S, T, U, V, W, X, Y, Z 23 y 24 de agosto 24,25,26, y 27 de agosto

 

Una vez que el solicitante haya realizado el llenado del formato de solicitud vía Internet, deberá de imprimir y entregar su comprobante de solicitud junto con la documentación requerida en la Dirección General de Becas, de acuerdo a las fechas señaladas en la calendarización antes mencionada, las cuales serán improrrogables.  La documentación se entregará en el estricto orden que se señala en la presente convocatoria.

PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE SELECCIONADOS:
La publicación de la lista de becarios se dará a conocer a partir del 15 de octubre del presente año, a través de la página electrónica: www.setab.gob.mx y de las listas que se harán llegar a las instituciones educativas. Dicho plazo estará sujeto a modificación.

DISPOSICIONES GENERALES

  • El otorgamiento y cancelación de la beca es competencia de la Secretaría de Educación, a través de la Dirección General de Becas, según lo señalan los artículos 9 fracción V y 13 de los Lineamientos para el Otorgamiento de Becas en Escuelas Particulares de Nivel Superior y Posgrado.
  • El llenado de la solicitud no garantiza el otorgamiento de la beca.
  • Las becas se otorgarán a los solicitantes que demuestren primeramente merecimiento académico además de necesidad económica.
  • Se otorgará sólo una beca por familia.
  • No se tramitarán solicitudes de interesados que presenten información y documentación incompleta o apócrifa.
  • No se aceptará solicitud de preinscripción como constancia de inscripción.
  • La beca no comprende conceptos distintos a los mencionados y tiene vigencia sólo para el Ciclo Escolar   2009-2010 (semestres “A” y “B” o sus equivalentes).
  • El refrendo de la beca no es automático, por lo que deberá solicitarse en la página electrónica www.setab.gob.mx siempre y cuando el becario mantenga un promedio general mínimo de 9.0, sin adeudo de asignaturas al término de los dos últimos semestres (o su equivalente) cursados y permanezca en la misma institución educativa para la cual se le otorgó el beneficio inicialmente.
  • Si emite kardex de calificaciones por medio de internet, deberá estar acreditado por la escuela mediante firma y sello de la Institución Emisora o Educativa.
  • Serán causas de cancelación del proceso de otorgamiento de beca: cuando el solicitante proporcione datos falsos o incompletos en la documentación e informes requeridos, el incumplimiento en la entrega de documentos en las fechas establecidas, entre otras.
  • La Secretaría de Educación a través de la Dirección General de Becas se reserva el derecho de realizar visitas domiciliarias a los solicitantes como parte del estudio socioeconómico, con el fin de autentificar los datos asentados en la solicitud.

Profra. Rosa Beatriz Luque Greene
Secretaria

PARA MAYOR INFORMACIÓN ACERCA DEL LLENADO DE SOLICITUD, LAS FECHAS PARA SU LLENADO, ASÍ COMO LA ENTREGA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS, VISITE LA PÁGINA ELECTRÓNICA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN: www.setab.gob.mx O BIEN COMUNÍQUESE A LA DIRECC. GRAL. DE BECAS AL TELÉFONO: 358-21-00 EXT. 2255, O DIRÍJASE AL DOMICILIO CALLE HÉROES DEL 47 S/N, COLONIA EL ÁGUILA, EN HORARIO DE 9:00 A 14:00 HORAS, DE LUNES A VIERNES.

Convocatoria Becas Escuelas Particulares Nivel Superior y Posgrado 2009-2010
Última Actualización: 19/07/2009
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